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Liquidación sociedad de gananciales

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¿Qué hay que hacer para liquidar la sociedad de gananciales?

Una sociedad de gananciales se disuelve por sentencia de separación, divorcio o nulidad o bien por otorgar capitulaciones constante matrimonio. Una vez disuelta debe procederse a su liquidación, si no se ha efectuado al mismo tiempo, por ejemplo, en el mismo Convenio Regulador de Divorcio.

¿Cuándo se puede hacer la liquidación de gananciales?

  1. Cuando se disuelva el matrimonio.
  2. Cuando sea declarado nulo.
  3. Cuando se acuerde la separación legal de los cónyuges.
  4. Cuando los cónyuges convengan un régimen económico distinto en la forma prevenida en este Código.

Artículo 1392 Código Civil

¿Se puede disolver una sociedad de gananciales sin divorcio?

Sí, la liquidación de la sociedad de gananciales puede tener su origen en la disolución de la misma por una simple separación o por un acuerdo, entre ambos cónyuges, de cambiar el régimen económico matrimonial.

Una vez disuelta la sociedad debe procederse a su liquidación, si no ha sido ya efectuada en el mismo Convenio Regulador de Divorcio.

 


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