Derecho Concursal > Mediación concursal – Segunda Oportunidad
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad o mecanismo de la segunda oportunidad ofrece a particulares y autónomos la posibilidad de sobrepasar una mala situación económica, sin descuidar los derechos de cobro de sus acreedores. Se regula en el Real Decreto Ley 1/2015, y permite al deudor abrumado por sus deudas renegociarlas o exonerarse de parte de las mismas.
Nuestro objetivo es ofrecer a empresas y particulares en situación de insolvencia actual o inminente, una solución y un nuevo comienzo, libre de deudas, una verdadera segunda oportunidad.
Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
- No ser objeto de un concurso culpable ni haber sido condenado por delitos económicos o sociales.
- Actuar de buena fe. Para ello es necesario que intente una solución extrajudicial y que no haya frustrado las posibilidades de pago (por ejemplo, rechazando ofertas de empleo en los últimos cuatro años).
- No haber acudido al beneficio de exoneración de pagos (que describimos a continuación) en los últimos diez años.
- Haber satisfecho los créditos contra la masa y los privilegiados. También se exige que haya pagado el 25 % de los créditos ordinarios. Este requisito puede decaer siempre que se demuestre que los créditos se intentaron pagar.
Además, las personas cuya deuda supere los cinco millones de euros no podrán ampararse en la Ley de Segunda Oportunidad.
Envíenos un correo con su caso particular y le asesoraremos sin compromiso alguno